El presupuesto constituye lo que legalmente se denomina plan de gastos e ingresos, que también podría denominarse presupuesto ordinario, cuya preparación corresponde al gestor o administrador de fincas y debe presentarse en la reunión ordinaria de cada año.
No deja de ser una previsión de los ingresos y gastos que se estiman para un determinado ejercicio futuro.
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