La Ley de Propiedad Horizontal establece que es el Presidente la persona encargada de formular el orden del día de la Junta de Propietarios, pero en ella también se señala que los propietarios tienen el derecho de pedir a la Junta que se estudie y pronuncie sobre un tema que afecte a la Comunidad. De esta forma, señala que para que dicho tema de debate se recoja en el Orden del Día, el propietario interesado debe remitir un escrito al Presidente en el que exponga los asuntos que quiere tratar en la próxima Junta y le solicite que los incluya en el Orden del Día.
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